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Formación de clases de acreedores en un plan de reestructuración

formación de clases de acreedores
Tabla de contenidos

La reestructuración empresarial en el contexto de la insolvencia es un proceso complejo que busca equilibrar los intereses de dos partes fundamentales: el deudor y los acreedores.

Con la aprobación de la última reforma de la Ley Concursal en España, se ha puesto un énfasis significativo en la creación y aprobación de planes de reestructuración que permitan a las empresas en dificultades reorganizar sus deudas y operaciones de manera eficiente y equitativa.

La formación de clases de acreedores es un paso clave en los planes de reestructuración empresarial, diseñado para agrupar a los acreedores en diferentes categorías o clases según la homogeneidad de sus derechos e intereses.

Estos planes deben considerar las necesidades y derechos tanto del deudor, que busca preservar su negocio y viabilidad futura, como de los acreedores, quienes desean maximizar la recuperación de sus créditos.

Los acreedores afectados por la insolvencia del deudor

Antes de la reforma concursal, la legislación española en materia de insolvencia ya contemplaba mecanismos para la reestructuración de empresas en dificultades, pero presentaba limitaciones significativas en cuanto a la flexibilidad y eficacia de los planes de reestructuración.

Bajo el régimen anterior, los acreedores eran clasificados de manera menos detallada, lo que podía dar lugar a conflictos y desigualdades en el tratamiento de sus créditos.

La falta de un marco claro para la formación de clases de acreedores y la imposibilidad de imponer un plan de reestructuración a determinadas categorías de acreedores sin su consentimiento dificultaban la consecución de acuerdos eficaces y equitativos.

Principales cambios con la reforma concursal

Uno de los cambios más relevantes es la introducción de una estructura más detallada y flexible para la formación de clases de acreedores. Ahora, los acreedores se agrupan en clases según la homogeneidad de sus derechos e intereses, lo que permite una negociación más justa y eficiente.

Además, se han implementado mecanismos que facilitan la aprobación de planes de reestructuración, incluso en contra de la voluntad de una minoría de acreedores, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y se respete el principio de trato equitativo.

Esta capacidad de imponer planes de reestructuración, conocida como cramdown, se ha diseñado para evitar que un pequeño grupo de acreedores pueda bloquear la reestructuración en perjuicio del interés general de la mayoría y de la viabilidad de la empresa deudora.

¿Cómo se realiza la formación de clases de acreedores?

La formación de clases de acreedores es un aspecto esencial en los planes de reestructuración empresarial. Este proceso implica agrupar a los acreedores en diferentes categorías según la homogeneidad de sus derechos e intereses, lo que facilita una negociación y votación más justa del plan de reestructuración.

A continuación, se detallan los criterios y las clases de acreedores que se consideran en la última reforma de la Ley Concursal en España.

  • Tipo de crédito: Garantizado, ordinario, subordinado, etc.
  • Naturaleza del acreedor: Entidades de crédito, proveedores, trabajadores, etc.
  • Finalidad y origen del crédito: Comercial, civil, tributario, laboral, etc.

La correcta formación de estas clases es crucial para asegurar un trato equitativo y evitar que los intereses de unos acreedores se impongan injustamente sobre los de otros.

A continuación, repasamos los distintos tipos de acreedores según estos criterios:

Acreedores por tipos de créditos

  • Créditos con garantía real: Estos créditos están respaldados por una garantía específica, lo que otorga a estos acreedores un derecho preferente sobre el bien garantizado. Dentro de esta clase se encuentran:
    • Hipotecarios: Créditos garantizados por hipotecas sobre bienes inmuebles.
    • Prendarios: Créditos garantizados por prenda sobre bienes muebles.
    • Con garantía mobiliaria registral: Créditos garantizados por bienes muebles inscribibles en registros públicos.
  • Créditos ordinarios: Incluyen diversos tipos de créditos que no cuentan con garantías específicas y que son tratados de manera general en el proceso concursal:
    • Comerciales: Derivados de transacciones comerciales.
    • Civiles: Originados en relaciones contractuales civiles.
    • Tributarios: Deudas con la administración tributaria.
    • De trabajadores: Créditos derivados de relaciones laborales, excepto aquellos protegidos especialmente por la ley.
  • Créditos subordinados: Estos créditos tienen un orden de prelación inferior y solo se satisfacen después de los créditos ordinarios:
    • Obligaciones convertibles en acciones o participaciones: Créditos que pueden transformarse en participaciones en la empresa.
    • Operaciones de financiación participativa: Créditos provenientes de este tipo de operaciones financieras.
    • Obligaciones emitidas por entidades de inversión colectiva: Créditos derivados de la emisión de instrumentos financieros por estas entidades.

Acreedores según su naturaleza

  • Entidades de crédito: Incluyen instituciones financieras que han otorgado préstamos o créditos a la empresa deudora:
    • Bancos
    • Cajas de ahorro
    • Cooperativas de crédito
  • Proveedores: Empresas que suministran bienes o servicios a la empresa deudora, esenciales para su operación diaria.
  • Trabajadores: Empleados con créditos derivados de relaciones laborales, tanto con contratos indefinidos como temporales.
  • Administración Pública: Organismos gubernamentales con los que la empresa deudora tiene obligaciones fiscales y de seguridad social:
    • Hacienda Pública
    • Seguridad Social

Otras clases de acreedores

  • Arrendadores: acreedores que son titulares de contratos de arrendamiento de inmuebles o equipos utilizados por la empresa deudora.
  • Acreedores con créditos litigiosos: Acreedores cuyos créditos están en disputa y cuya existencia o cuantía está pendiente de resolución judicial.

Créditos que no pueden ser afectados o sólo bajo estrictos requisitos

A pesar de la mayor flexibilidad introducida por la reforma, existen ciertos créditos que no pueden ser afectados por los planes de reestructuración, o que sólo pueden serlo bajo estrictos requisitos. Entre estos créditos se incluyen:

  • Créditos laborales: Los créditos derivados de relaciones laborales gozan de una protección especial y no pueden ser alterados por el plan de reestructuración sin el consentimiento explícito de los trabajadores afectados.
  • Créditos públicos: Los créditos a favor de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria también están protegidos. Aunque pueden ser objeto de reestructuración, esto solo puede hacerse bajo condiciones muy estrictas y generalmente requiere la aprobación de las autoridades competentes.
  • Créditos con garantía real: Los acreedores con derechos reales de garantía, como hipotecas o prendas, tienen un tratamiento preferente. Para que estos créditos sean afectados por el plan de reestructuración, se requiere un nivel de consenso más alto y condiciones que aseguren que no se menoscaban sus derechos de manera desproporcionada.

¿Por qué es importante agrupar a los acreedores por clases?

La agrupación de acreedores en clases es fundamental para asegurar un proceso ordenado y justo de cara a la homologación del plan de reestructuración. Este enfoque presenta múltiples ventajas que benefician tanto al deudor como a los acreedores.

Garantizar trato equitativo

La agrupación de acreedores en clases permite asegurar que cada grupo de acreedores con derechos e intereses similares reciba un trato equitativo. Sin esta clasificación, ciertos acreedores podrían verse desfavorecidos o privilegiados injustamente, lo que podría generar conflictos y objeciones al plan de reestructuración.

La equidad en el trato es esencial para la legitimidad del proceso y para mantener la confianza de los acreedores en el sistema concursal.

Facilita la negociación y aprobación del plan

Al clasificar a los acreedores, se facilita la negociación del plan de reestructuración, ya que se puede abordar de manera más efectiva las preocupaciones y necesidades específicas de cada grupo. Las negociaciones se vuelven más manejables y focalizadas, lo que incrementa las posibilidades de llegar a acuerdos favorables.

Además, la votación sobre el plan se realiza por clases, y se requiere la aprobación de una mayoría en cada clase, lo que ayuda a obtener el consenso necesario para la implementación del plan.

Establecer un tratamiento diferenciado

Diferentes tipos de acreedores tienen diferentes derechos y prioridades en el proceso concursal. La agrupación en clases permite establecer un tratamiento que respete estas prioridades.

Como decíamos, los acreedores con garantías reales suelen tener derechos preferentes sobre ciertos activos, mientras que los créditos subordinados tienen una prioridad menor en el orden de pagos.

Proteger a los grupos vulnerables

Al agrupar a los acreedores en clases, se pueden implementar medidas específicas para salvaguardar a los más desprotegidos, como los trabajadores o los pequeños proveedores. Estos grupos a menudo dependen en mayor medida de los pagos de la empresa deudora y pueden estar en una posición más débil para negociar.

La clasificación permite crear mecanismos de protección que aseguren que estos acreedores no sean desproporcionadamente perjudicados por el plan de reestructuración.

Eficiencia del proceso

La agrupación de acreedores en clases homogéneas simplifica y agiliza las negociaciones y la toma de decisiones. Esto no solo reduce el tiempo necesario para llegar a un acuerdo, sino que también minimiza los costes asociados con el proceso concursal.

La eficiencia es especialmente importante en situaciones de insolvencia, donde el tiempo es un factor crítico para la viabilidad continua de la empresa deudora.

En conclusión, la agrupación de acreedores por clases es indispensable en los planes de reestructuración para garantizar un trato equitativo, facilitar la negociación y aprobación del plan, permitir un tratamiento diferenciado de los créditos, proteger a los grupos vulnerables y mejorar la eficiencia del proceso.

Si estás pensando en iniciar un plan de reestructuración para tu empresa, en Noguerol somos expertos en reestructuraciones. Podemos ofrecerte asesoramiento legal y financiero para afrontar este proceso con garantías.

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