fbpx

¿Por qué los pactos de socios son clave para el éxito de tu empresa?

pactos de socios para crear una empresa
Tabla de contenidos

Poner en marcha un proyecto empresarial con otras personas puede ser una aventura emocionante, sobre todo cuando los socios son amigos o familiares. Sin embargo, los expertos y muchos CEO’s de diferentes sociedades recomiendan fervientemente, a la hora de emprender y constituir una empresa, realizar un pacto de socios.

El pacto de socios es un documento privado, es decir, un contrato, en el que los socios de una entidad, a través de la firma de este, acuerdan una serie de cláusulas que regularán algunas cuestiones relativas a la sociedad que, por su naturaleza, no están incluidas en los Estatutos Sociales.

La firma de este documento tiene como finalidad evitar los problemas que pudieran surgir entre los socios o frente a terceros. Además, el pacto de socios no es sino una herramienta de gran utilidad para asegurar la estabilidad y la continuidad del proyecto común de los socios, así como propiciar un clima de seguridad y confianza entre ellos.

La importancia de definir los pactos de socios desde el inicio del proyecto

Escribir las reglas del juego; esa es la razón de ser del pacto de socios. Es por ello por lo que es fundamental que, antes de poner en marcha cualquier proyecto empresarial, se elabore este documento. Este será una buena hoja de ruta para la toma de las decisiones sociales y para determinar la posición y labor que desempeñará cada uno de los socios, evitando los conflictos que, inevitablemente, aparecerán entre los socios o frente a terceros en el normal desarrollo de la actividad empresarial.

En definitiva, aunque la elaboración de este contrato no es obligatoria, lo cierto es que esta es altamente recomendable, sobre todo para determinar cuestiones de tanto calado como de qué manera se produciría la separación en caso de que los socios no desearan seguir trabajando juntos. Su elaboración es crucial al inicio del proyecto, ya que este documento puede prevenir conflictos, así como asegurar la continuidad de la empresa.

Claves para establecer un pacto de socios con todas las garantías

Una vez los socios han decidido elaborar este contrato, se han de tener en cuenta algunas claves que aseguren la elaboración y firma de un pacto de socios con todas las garantías.

Establecer normas para el buen gobierno de la empresa

Es fundamental establecer normas orientadas al correcto funcionamiento de la entidad, facilitando, además, la toma de decisiones, sobre todo en caso de bloqueo en los órganos de la sociedad.

Determinar la participación y funciones de cada socio

Otro de los puntos clave de este documento es regular qué funciones desempeñará y qué lugar ocupará cada uno de los socios dentro de la compañía. Es importante hacerlo pormenorizadamente e incluir cuestiones relativas a la remuneración o las medidas que se tomarán en caso de incumplimiento de sus obligaciones.

Entrada y salida de socios

Otra de las cuestiones de vital importancia en el pacto de socios es la relativa a la entrada y salida de nuevos inversores. Es necesario determinar en qué términos se puede dar la entrada de nuevos socios y qué ocurre en caso de que alguno de ellos quiera abandonar la sociedad.

En definitiva, el pacto de socios deberá incluir cláusulas y objetivos claros que tiendan a resolver y regular todas aquellas cuestiones no incluidas en los Estatutos Sociales.

Ventajas y desventajas de los pactos de socios

La principal equivocación que se suele cometer cuando se emprende un negocio con otras personas es no elaborar y firmar un pacto de socios. Sin duda, este es un documento que cuenta con no pocas ventajas que se deberán tener muy en cuenta a la hora de empezar una andadura empresarial con otras personas.

  • Prevención de problemas entre los socios relativos a la toma de decisiones empresariales.
  • Pautas para la resolución de conflictos entre los socios.
  • Seguridad jurídica para garantizar la continuidad del proyecto.
  • Posibilidad de tomar acciones legales ante el incumplimiento del contrato.
  • Libertad a la hora de negociar el pacto de socios, ya que es un acuerdo no obligatorio que, como todo documento privado, puede regular las cuestiones que las partes deseen.

No obstante, y a pesar de los beneficios que la elaboración de este documento conlleva, es conveniente tener en cuenta los riesgos que su firma puede llevar consigo.

  • Liquidación preferente. Es común que los inversores exijan recuperar la totalidad de la inversión si el proyecto no resulta exitoso. En estos casos, en los que se acuerda la liquidación preferente, los socios correrán el riesgo de, en la venta de la empresa, no recibir ninguna cantidad y, además, percibirla en último lugar.
  • Cláusulas poco claras. Otro de los riesgos de este tipo de acuerdos son las cláusulas oscuras que dejan lugar a la interpretación.
  • Reutilización de modelos de contratos que pueden no adecuarse a la realidad y circunstancias de la empresa.

Explorando los diferentes tipos de pactos de socios

Existen varios tipos de pactos de socios que se adaptan a diferentes etapas y situaciones de una empresa.

  • Pacto de socios en la etapa inicial: en estas primeras fases los acuerdos se centran en establecer las bases de la colaboración entre los socios fundadores. Estos pactos suelen abordar aspectos como la propiedad intelectual, la distribución de acciones y participaciones, las responsabilidades y los roles de cada socio, así como las condiciones para la entrada de nuevos inversionistas.
  • Pacto de socios en etapas tempranas: en esta fase, los pactos de socios suelen enfocarse hacia temas como la financiación adicional, la toma de decisiones estratégicas y operativas, y la alineación de intereses entre los socios fundadores y los nuevos inversionistas. Estos pactos pueden incluir disposiciones sobre la dilución de participaciones, las políticas de dividendos, los derechos de voto y las cláusulas de salida.
  • Pacto de socios con aceleradora/incubadora: al asociarse con una aceleradora o incubadora, las empresas pueden beneficiarse de recursos adicionales, orientación y oportunidades de crecimiento. En este contexto, los pactos de socios con aceleradoras o incubadoras suelen abordar temas como la inversión inicial, el acceso a la red de contactos, el apoyo estratégico y las condiciones para una posible inversión futura.
  • Pacto de socios con mentor: estos acuerdos se centran en establecer una relación formal y definir los términos y expectativas de la asesoría y el apoyo proporcionado por un consejero o guía especializado. Estos acuerdos pueden incluir disposiciones sobre la confidencialidad, la duración de la relación, las responsabilidades del mentor y las condiciones de compensación, si corresponde.
  • Pacto de socios con crowdfunding: El micromecenazgo se ha convertido en una opción popular para financiar proyectos empresariales. En este caso, los pactos de socios con los inversores que participan a través de plataformas de este tipo suelen regular aspectos como la participación accionarial, los derechos y privilegios de los inversores, las condiciones de salida y los derechos de información y rendición de cuentas.
  • Pacto de socios en la etapa de crecimiento: durante esta fase los pactos pueden evolucionar para abordar temas relacionados con la expansión, la financiación adicional, la reestructuración de la gestión y la entrada de nuevos socios estratégicos. Estos acuerdos pueden incluir disposiciones sobre la valoración de la empresa, la dilución de participaciones, la gobernanza corporativa y las cláusulas de liquidez.

Las cláusulas más representativas de pactos de socios

Las cláusulas más representativas de los pactos de socios abarcan diversos aspectos fundamentales de la relación entre los socios y la gestión de la empresa. A continuación, exploraremos algunas de estas cláusulas clave:

  • Cláusulas de control: tienen como objetivo establecer las reglas para la toma de decisiones estratégicas y operativas en la empresa. Pueden incluir disposiciones sobre mayorías requeridas para la aprobación de decisiones importantes, designación de cargos directivos y ejecutivos, así como el proceso de adopción de decisiones en casos de desacuerdo.
  • Cláusulas de protección: se centran en proteger los intereses de los socios y la empresa en situaciones específicas. Pueden incluir disposiciones relacionadas con la limitación de la competencia entre los socios durante y después de su participación en la empresa, restricciones para la transferencia de acciones o participaciones sin el consentimiento de los demás socios, y cláusulas de arrastre y de acompañamiento que permiten a los socios mayoritarios tomar decisiones que afecten a todos los socios.
  • Cláusulas de transmisión: tienen por objeto regular la transmisión de la participación de los socios, así como la incorporación de inversores y la posición de cada uno de ellos en las sucesivas rondas de inversión.
  • Cláusulas de confidencialidad: garantizan la confidencialidad de la información sensible y estratégica de la empresa. Establecen el deber de los socios de mantener la confidencialidad de los secretos comerciales, datos financieros, planes de negocio y cualquier otra información confidencial a la que tengan acceso durante su participación en la empresa. Además, pueden definir las consecuencias en caso de incumplimiento de esta obligación.
  • Cláusulas de salida: regulan las condiciones y procedimientos ante la marcha de un socio de la empresa. Pueden incluir disposiciones sobre la venta de acciones o participaciones, valoración de la participación del socio saliente, acuerdos de no competencia post-salida y mecanismos para resolver disputas relacionadas con la salida.

Consejos para redactar un pacto de socios efectivo

La redacción de un pacto de socios es fundamental para garantizar el buen funcionamiento y la supervivencia de cualquier sociedad. En cualquier caso, a la hora de redactarlo, es recomendable seguir algunos consejos.

  • Ponte en manos de profesionales: no es recomendable utilizar modelos de acuerdo de socios genéricos. Lo mejor es contar con un experto que, ajustándose a las necesidades y circunstancias de la sociedad y de los socios, elabore el pacto de socios.
  • Añadir las cláusulas principales: se ha de tener en cuenta que, a lo largo de la vida de la sociedad, el pacto de socios se irá modificando para adecuarse a la nueva realidad de esta. Sin embargo, es recomendable que el acuerdo primigenio siente las bases del gobierno y la administración del negocio.

Los pactos de socios son un acuerdo entre los fundadores de una sociedad que resultan imprescindibles para el buen funcionamiento de la empresa y, por tanto, para garantizar su éxito. Es fundamental elaborarlo y firmarlo antes de comenzar con el proyecto empresarial y, sobre todo, gestionarlo a través de expertos como Noguerol.

9_Pactos-de-socios
PACTOS DE SOCIOS

¿Estás comenzando un nuevo proyecto?

Con un plan de socios lo protegerás desde el principio.

NEWSLETTER

Novedades y tendencias en materia legal y financiera para empresas

Mantente actualizado y recibe análisis, consejos y contenidos especializados directamente en tu bandeja de entrada.

RESPONSABLE:

NOGUEROL ABOGADOS, S.L.P.
NIF: B-54169487
C/ Reyes Católicos 31, Planta 3ª, (03003) Alicante.
e-mail: lopd@noguerol.es

FINALIDAD: Atender solicitudes de información de forma personalizada y mediante tratamiento automatizado y remisión de comunicaciones comerciales.

LEGITIMACIÓN: Consentimiento expreso del interesado a través del formulario.

DESTINATARIOS: Personas físicas o jurídicas directamente relacionadas con el Responsable, cuando sea necesario para llevar a cabo las finalidades descritas. No se ceden datos a otros terceros, salvo obligación legal.

DERECHOS: Acceder, rectificar y suprimir los datos, portabilidad de los datos, limitación u oposición a su tratamiento, derecho a retirar el consentimiento y a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de sus datos contactando directamente con Noguerol a través del correo electrónico informado arriba.

INFORMACIÓN ADICIONAL: Se puede consultar la política de privacidad de forma más detallada aquí.

Contacta con nosotros y nuestros especialistas valorarán tu caso.

RESPONSABLE:
NOGUEROL ABOGADOS, S.L.
NIF: B-54169487
C/ Reyes Católicos 31, Planta 3ª, (03003) Alicante.
e-mail: info@noguerol.es

FINALIDAD: Atender solicitudes de información y remisión de comunicaciones comerciales.

LEGITIMACIÓN: Consentimiento expreso del interesado a través del formulario.

DESTINATARIOS:
No se ceden datos a terceros, salvo obligación legal. Personas físicas o jurídicas directamente relacionadas con el Responsable.

DERECHOS: Acceder, rectificar y suprimir los datos, portabilidad de los datos, limitación u oposición a su tratamiento, derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas, así como a obtener información clara y transparente sobre el tratamiento de sus datos.

INFORMACIÓN ADICIONAL: Se puede consultar la política de privacidad de forma más detallada aquí.