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Acciones Banco Popular

El 6 de junio de 2017 el Banco Central Europeo comunicó la inviabilidad del Banco Popular por considerar que la entidad no podía hacer frente al pago de sus deudas. El instrumento de resolución era la venta del negocio.

El Banco Popular inició un proceso de venta sin éxito, a pesar de que hubo varias entidades interesadas. El único que presentó la oferta cumpliendo los requisitos a los efectos del FROB fue el Santander.

Afectados

Podrán reclamar los minoristas (personas físicas o jurídicas) independientemente de la cantidad invertida, que compraron las acciones en la ampliación del 26/05/2016 o con posterioridad, pero dentro del periodo en que no se conocían los graves problemas de solvencia del banco. Siempre y cuando no aceptaran el bono de fidelización que el Banco Santander les ofrecía como compensación, que obligaba a renunciar a emprender acciones legales contra la entidad.

¿Por qué se puede reclamar?

Porque los accionistas compraron el producto bajo una apariencia de solvencia y saneamiento en sus cuentas que no se correspondía con la realidad. Nada podía hacer pensar que el Banco Popular fuera a ser «intervenido» en menos de un año. La sentencia del Juzgado nº 11 de Primera Instancia de Oviedo incide en que de no ser por la información «falseada» de la oferta pública, el minorista no habría invertido sus ahorros.

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